Cuando nuestro padres eran pequeños nuestros abuelos traían el sustento a casa, nuestras abuelas cuidaban el hogar y vigilaban que los niños crecieran en el respeto a cómo eran las cosas.
Nuestra vida, nuestro entorno social, la realidad que conocieron ha cambiado por efecto del paso del tiempo. Hoy el sustento lo traen ellos y ellas, a veces sólo ellos o a veces sólo ellas. Las familias ya no son como antes, la realidad ha impuesto una evolución, un cambio. Que ha sido posible gracias a la capacidad de las personas que formaban nuestro entorno para adaptarse a esas necesidades, a esos anhelos de evolución; a la obligación de equiparar derechos.
Cuando esa necesidad de equiparación ha encontrado sistemas poco resilentes, poco receptivos, poco permeables al cambio; ha surgido el conflicto. Y en el conflicto estamos.
Esta lucha que empezamos los trabajadores temporales de la administración es el fruto de esa incapacidad para adaptarse al cambio y legislar correctamente adecuando la normativa jurídica existente, a la realidad material de las cosas.
La rigidez de la administración pública Española para evolucionar, para adaptarse a las nuevas realidades, nacionales y Europeas, es la causa que provoca el conflicto. Conseguir lo que reivindicamos supondrá que los que tienen que legislar cambien «el chip», que abandonen lo viejo y abracen la lógica de la realidad. Es la consecuencia lógica de la evolución, de la necesidad de acabar con una práctica arcaica que ha consistido en utilizar los recursos humanos temporales como mano de obra barata con la excusa y la justificación de que «agradecidos debíamos estar» por tener un trabajo y una vez que ya no eran necesarios, se les cesaba. Los cesados y los interinos han alimentado las maquinaria de las academias de preparación y han generados cuantiosos beneficios a los preparadores que las regentaban. Beneficios que pocas veces han repercutido en el beneficio de la mayoría porque se cobraban en B, sin declararse.
Pero la realidad de la normativa europea ha evidenciado la verdad material de los números del porcentaje de temporalidad. Del abuso de la contratación temporal en una administración que basa su eficacia y su garantía de ecuanimidad en la estabilidad en el empleo de sus trabajadores, para que puedan así resistirse, sustraerse, a las presiones de los gestores políticos de turno y realizar su función (de ahí funcionario) con el mayor respeto a la legalidad vigente. Esta realidad normativa, como decimos, les ha saltado a la cara, les ha estallado en las manos de manera inesperada; haciendo visible un problema que existía pero estaba silenciado por el miedo al desempleo.
Todas las justificaciones que se nos dan a nuestras pretensiones, a nuestras reivindicaciones, son las mismas, que lo que pedimos no está en la legislación nacional. Que si bien el derecho europeo nos ampara y su primacía es clara, la legislación nacional no lo contempla. Es decir, el sistema nos utiliza y nos da la espalda. Acto seguido, el Tribunal Supremo nos desestima una y otra vez las pretensiones amparándose en el principio teórico legal de que la verdad material no siempre tiene porque coincidir con la verdad judicial. Y como nuestra verdad jurídica se basa en una norma escrita, cuyo espíritu proviene del siglo XIX, la verdad material del siglo XXI, no existe y por tanto, se desestima.
Pero la verdad material existe, el conflicto existe, los trabajadores abusados, ya no son estómagos agradecidos que callan por miedo, si no ciudadanos que han accedido a la función pública respetando los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. El conflicto no se ha creado porque se pretenda acceder por una puerta trasera, el conflicto radica en la incapacidad del sistema legal de reconocer la validez de nuevos sistemas y formas de acceso a la función pública. Igualmente ecuánimes e igualitarios.
El problema, el conflicto, no nace de los trabajadores temporales, si no de un sistema legal basado en la norma escrita incapaz de adaptarse a la evolución. Si nos rigiéramos por un sistema de precedentes como el anglosajón, utilizado en la unión europea, la justificación para la admisión de este caso, de este conflicto, ante los tribunales no radicaría en los precedentes sentados. Estaría en que los precedentes anteriores ya no son válidos, porque la realidad social ha superado al legislador y a sus agentes sociales. Imponiendo una la necesidad de adaptar la jurisprudencia a la realidad laboral y social de un colectivo abusado.
Esta es nuestra justicia. Jueces PREVARICADORES y corruptos. Ya sabéis en donde estoy. Os atrevéis?? Yo no me callo.
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Y a toda esta caterva de jueces carrozas con cerebros medievales, es ahora, cuando se les ve mejor el plumero, con sus sentencias rancias, archivando al mínimo resquicio que ven todo lo del PP corrupto y por contra esforzándose en sacar petroleo de la mínima sospecha que les presentan, afortunadamente no son todos……pero ahí está.
Y en el caso de los interinos se les ha unido el llamado sindicato de clase CCOO…!!!vaya papelón !!!en vez de defender el abuso, colaboran para prolongarlo….dios!!!!