En el día de ayer, 11 de Noviembre de 2021, se propagó como la pólvora el acuerdo suscrito entre los grupos parlamentarios de ERC, PNV y el Gobierno de España para reformar/enmendar el RDL 14/21 sobre la reducción de la temporalidad en las administraciones públicas.
El acuerdo, sin dejar de ser un paso en la buena dirección, nos deja miles de dudas acerca del alcance real del mismo, sobre cómo se pretende aplicar, sobre si la aplicación del mismo se dejará a la discreción de las administraciones autonómicas y locales. Sobre la forma que adoptarían los concursos y los concursos oposición, ¿serán abiertos, restringidos? ¿Se valorará toda la experiencia o sólo unos años?
La cuestión principal, no obstante, sigue siendo el por qué los grupos políticos y el gobierno se siguen negando a reconocer la directiva europea, que en esencia no deja de implantar la obligatoriedad de no hacer distinciones entre trabajadores públicos y privados. Entonces; cual es la razón para que nos sigamos negando como Estado a reconocer que el límite temporal del abuso y el fraude de ley son los tres años que ya reconoce el Estatuto de los trabajadores en su art. 15 y que la sanción, una vez pasado este límite, debe ser a la administración y no al trabajador.
Tal y como se intenta fijar en el proyecto de ley, la sanción se hace recaer sobre el trabajador, al que se despide y se deja sin trabajo al transcurrir tres años desde su nombramiento. Imaginemos que el ET de los trabajadores en el citado artículo dijera «se entenderá que todos los contratos que superen los tres años de duración se han hecho en abuso de temporalidad y como consecuencia, se debe despedir al trabajador, para que así la empresa pueda contratar a otro/a trabajador/a del que seguir abusando»; suena demencial ¿verdad?
El propio legislador, en el borrador del acuerdo que se ha filtrado, sin duda de manera intencionada para testar la reacción de los trabajadores y organizaciones implicados en esta lucha, reconoce que tres años es el límite temporal admisible para considerar que, transcurrido este tiempo, el contrato pasa a la fase de abuso en la contratación temporal.
¿Por qué entonces en el acuerdo se dice que el concurso extraordinario de méritos se incluirán las plazas que lleven ocupadas de forma ininterrumpida por un/a interino/a desde el 1 de Enero de 2016? Es decir, se pretende fijar el límite del abuso en casi los seis años ¿Se hace acaso para ver si colamos con el acuerdo propuesto y dejar fuera a un ingente número de plazas? ¿Por qué si se reconoce el abuso, que a estas alturas ya nadie niega, ni siquiera los sindicastas firmantes del acuerdo, aún nos resistimos a reconocer el límite del abuso en los tres años y ha hacer recaer la sanción sobre la administración y en su lugar sancionamos al trabajador/a abusado/a?
¿Qué razón hay para, una vez reconocido el abuso y la mala praxis de la administración, empezar a hablar de personas en lugar de plazas? Redactemos la enmienda diciendo: «…Todas/os aquellos/as trabajadoras/es que mantengan una relación de servicio con la administración de más de tres años desde la publicación de la presente ley, sin haber roto la relación laboral con la misma durante más de seis meses; podrán acceder de forma extraordinaria a un concurso, al amparo de lo dispuesto en el art. 61.6 del TREBEP…»
¿Y qué podemos decir de la indemnización que se propone? No sólo es un insulto fijar una sanción por despido procedente, se vuelve a sancionar al trabajador en lugar de al infractor; si no que su cuantía y limitación en el tiempo contravienen nuevamente la directiva europea que se pretende transponer.
La indemnización debe ser disuasoria para que la administración no vuelva a recaer en el mismo comportamiento y debe ser fijada para sancionar el abuso cometido. Fijar una indemnización de 20 días por año con un límite de 12 meses y condicionada a la participación en un proceso selectivo que se ha diseñado contraviniendo el informe de la abogada general del TJUE y la propia sentencia del TJUE de 19 de Marzo de 2019, no deja de ser un insulto y una burla a los trabajadores/as.
Si lo que se pretendía con la filtración del documento era desmovilizar al colectivo, se ha errado el tiro de cabo a rabo; este acuerdo no hace si no darnos más motivos para movilizarnos, seguir presionando y llegar hasta donde tengamos que llegar como colectivo, como trabajadores abusados y como ciudadanos/as de la UE que reclaman la primacía de su derecho frente al derecho nacional de nuestro Estado.
Si como ciudadanos cada día pretendemos ser más Europa, no deberíamos firmar acuerdos de gobierno que nos acercan a las legislaciones de países como Polonia o Hungría y nos alejan del espíritu del resto de la Unión.
Os dejamos algunos pantallazos, enlaces a noticias de prensa sobre el mismo, el texto íntegro del borrador y algún otro documento más de interés.

Comunidad de Madrid ya ha convocado concurso oposición de estabilización. Qué va a pasar con nosotros? Quieren hacer el examen a partir de marzo del 2022. Y si no superamos las 2 fases, nos iremos a la calle con una mano detrás y otra delante? Y mientras tanto las televisiones machacando a los interinos y poniendo en contra a la opinión pública.
La única opción posible es seguir presionando y saliendo a la calle, pero saliendo tod@s, no sólo los de siempre.