Hemos tenido acceso al borrador elaborado por el ministerio y las comunidades para regular el pase a la fase 3 de la administración de Justicia. Lo más destacable es:
-
Los funcionari@s de esta Administración que actualmente se encuentren de permiso por deber inexcusable, mantendrán su vigencia en la nueva fase 3, extinguiendo sus efectos el 21 de junio de 2020/ extinguiéndose sus efectos el día que concluya el estado de alarma.
-
Los hijos de 14 o más años no darán lugar a la renovación de este permiso, salvo que se acrediten otras circunstancias de dependencia, o con personas mayores dependientes, que no pudieran flexibilizar su horario de trabajo con las alternativas existentes en su ámbito territorial, o que no pudieran desarrollar la actividad ordinaria en la modalidad de teletrabajo.
-
Cuando no pueda garantizarse el mantenimiento de las medidas de seguridad , se establecerán turnos de tarde en las condiciones establecidas en el anexo III de la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo.
-
No podrá ser llamado a prestar servicios de forma presencial el personal que tenga reconocidos permisos por patologías en tanto no se verifique por la autoridad competente en qué condiciones puede prestar servicio presencial en situación de seguridad. Si existe la posibilidad, estos compañer@s podrán prestar sus servicios en la modalidad de teletrabajo, en su horario habitual (de 09:00 a 14:30, más otras dos horas adicionales al día en el horario que estimen oportuno.
Os adjuntamos el documento
3.6.20-BORRADOR-Desescalada-Fase-3-1