EL MINISTERIO, LOS SINDICATOS Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

El pasado 12 de Enero el Ministerio de Justicia convocó a las centrales sindicales más representativas a una reunión de la mesa Sectorial, para, entre otros asuntos, tratar el impacto que la «ley 20/21 de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público»; tendrá en nuestra administración de Justicia. A esa reunión no se convocó al sector de Justicia de la UNIÓN SINDICAL OBRERA (USO) a pesar de tenerlo solicitado y de ostentar este sindicato el 10% de la representación en el sector.

A parte de tratar la aplicación de la ley 20/21 en la Administración de Justicia, aplicación de obligado cumplimiento como ya habíamos explicado en una entrada anterior sobre este tema; en la mesa de ayer se decidieron otras cuestiones tan trascendentales como la creación de la mesa delegada de Justicia para el ámbito no transferido del territorio Ministerio de Justicia. Acto que si bien no es ilegal, no deja de constituir una nueva maniobra de los sindicatos «mayoritarios» CSIF, CCOO y UGT de excluir al resto de sindicatos representativos de los ámbitos de negociación colectiva de los trabajadores/as de la Administración de Justicia y de mantener una visibilidad e influencia en Justicia que en el caso de CCOO y UGT van perdiendo elección tras elección, con lo que ello conlleva. Aunque siempre les quedará el subterfugio de la «irradiación», figura que a día de hoy debería ser eliminada,  para evitar seguir pervirtiendo la voluntad de representación de los trabajadores/as de Justicia.

Para nosotros la forma de aplicación de la ley 20/21 en nuestra administración es de vital importancia, no sólo para el colectivo de los/as trabajadores/as temporales y sus derechos de equiparación, si no también para el de los funcionarios de carrera, en tanto en cuanto que una mala aplicación de esta ley puede vulnerar el derecho a la promoción interna que todo trabajador tiene.

Es por ello que hemos dirigido escritos al Ministerio de Justicia volviendo a solicitar nuestra convocatoria a cualquier mesa sectorial que se convoque y solicitando información a las distintas administraciones con competencias transferidas, así como al propio Ministerio en su ámbito de competencias; de una relación detallada de todas aquellas plazas que estén afectadas por lo dispuesto en la ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad.

La vulneración del derecho a la negociación colectiva que está llevando a cabo el Ministerio, no se entiende, ya que nuestra presencia en mesa es necesaria no sólo en aras de la sana pluralidad sindical y de la legalidad, sino del reconocimiento de la legítima representatividad sindical. Algo que no debería darse en una Administración como la de Justicia.

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